Documento contenido en el Periódico Oficial Alcance 11 del 28 de febrero de 2020

Edición: Alcance 11
Número: 8
Páginas: 99

Contenido:


Comisión Estatal de Vivienda. – Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Ampliación de Vivienda, Modalidad Autoconstrucción (Entrega de Paquete de Materiales para la Construcción de Cuarto Adicional o Cuarto Dormitorio en Terreno del Beneficiario) para el Ejercicio Fiscal 2020.

LOS QUE INTEGRAMOS LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE VIVIENDA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 9, 10 FRACCIONES VI, XII, Y XXIV DE LA LEY DE VIVIENDA DEL ESTADO DE HIDALGO, ASÍ COMO ARTÍCULOS 1, 2, 3 FRACCIÓN VII INCISO A), 8, 12, 14, 20, 21 DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE HIDALGO, Y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO. – Que la Comisión Estatal de Vivienda, como organismo descentralizado de la Administración Pública del Estado de Hidalgo, debe sujetarse en cuanto a su operación y funcionamiento a las disposiciones emanadas de la Ley de Vivienda del Estado de Hidalgo que la crea, publicada en alcance al Periódico Oficial del Estado con fecha 18 de julio de 2011 y modificada el 31 de diciembre del 2016.

 

SEGUNDO.- Que con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades estatales, el Programa Institucional de Desarrollo de la Comisión Estatal de Vivienda 2017-2022, dentro del ámbito de sus atribuciones y, de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación, deberá identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de las atribuciones de la Comisión establecidas en la Ley de Vivienda del Estado de Hidalgo artículo 10 fracción I Proponer, concertar y ejecutar los programas, acciones e inversiones correspondientes, en beneficio de la población que carezca de una vivienda digna y adecuada, y para la adquisición de suelo para vivienda en términos de lo señalado en el Título Tercero, Capítulo Segundo, Sección Novena de la Ley de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial del Estado de Hidalgo;

 

TERCERO.- Que se establece como un Derecho Humano fundamental en base al artículo 4 párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa; 8 de la Constitución Política para el Estado de Hidalgo, en el que refiere que todos los habitantes del Estado tienen derecho a la alimentación, a la salud, a disfrutar de una vivienda digna y decorosa y en general, al bienestar y a la seguridad individual y social, como objetivo de la permanente superación del nivel de vida de la población la Ley definirá las bases y formas para conseguir estas finalidades en concurrencia con la federación.

 

CUARTO.- Que el Gobierno de Hidalgo conocedor de los retos que existen en el Estado en materia de vivienda, y ante las dificultades que presenta un gran porcentaje de la población para acceder a una de ellas, causado por varios factores además del desmedido crecimiento demográfico como lo son la migración descontrolada, dentro de las acciones establecidas en el Plan Estatal de Desarrollo Hidalgo 2016–2022 y en el Programa Institucional de Desarrollo de la Comisión Estatal de Vivienda 2017-2022 planteó la necesidad de integrar los recursos económicos destinados a subsidios de los distintos Programas Estatales con fomento a la vivienda operados por la Comisión Estatal de Vivienda, a fin de abatir costos y aumentar el número de familias beneficiadas.

 

QUINTO.- Que lo anterior obedece a las disposiciones establecidas en la Ley de Vivienda del Estado de Hidalgo como lo refiere en su artículo 2, que todos los hidalguenses tienen derecho a una vivienda digna y decorosa, que sea la base de su patrimonio familiar, así como el lugar seguro en el que disfruten de su intimidad y que cuente con las condiciones y servicios necesarios para lograr esa garantía constitucional y artículo 5 fracción II a fin de atender al mayor número de personas, preferentemente a la población vulnerable de bajos recursos económicos a través de los programas de vivienda estatales y municipales.

 

SEXTO. – Que utilizando sistemas para que las personas tengan acceso a una vivienda con una estrategia social y financieramente sostenible; para lo cual, los planes de desarrollo urbano actuales y vigentes determinaran la estructura del estado, solventado las necesidades de expansión contando con un estado productivo y receptor de inversión nacional y extranjera.

 

SÉPTIMO.- Que la Ley General de Asentamientos Humanos Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano permite enfrentar retos, como lo son: a) Fijar normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y los Asentamientos Humanos en el país, con pleno respeto a los Derechos Humanos, b) Establecer la concurrencia de la Federación, de las Entidades Federativas y de los Municipios, para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el territorio nacional; c) Fijar criterios para planear la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; d) Definir los principios para determinar las Provisiones, Reservas, Usos del suelo y Destinos de áreas y predios que regulan la propiedad en los Centros de Población, y e) Propiciar mecanismos que permitan la participación ciudadana en particular para las mujeres, jóvenes y personas en situación de vulnerabilidad, en los procesos de planeación y gestión del territorio.

 

OCTAVO. – Que estas Reglas de Operación dan cumplimiento al Decreto No. 308 publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, Alcance Diez, el 31 de diciembre de 2019 que autoriza en todas y cada una de sus partes del Presupuesto de Egresos del Estado de Hidalgo, para el ejercicio 2020.

 

Por lo anterior, se ha tenido a bien expedir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE AMPLIACIÓN DE VIVIENDA, MODALIDAD AUTOCONSTRUCCIÓN (ENTREGA DE PAQUETE DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CUARTO ADICIONAL O CUARTO DORMITORIO EN TERRENO DEL BENEFICIARIO) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020.

 

ÍNDICE

 

1.- Glosario de términos

2.- Generalidades del programa

2.1.- Objetivo general

2.2.- Objetivos específicos

2.3.- Requisitos generales y específicos

3.- Procedimiento de selección

4.- Características de los apoyos

4.1.- Tipos de apoyo

5.- Direcciones participantes

6.- Operación

7.- Control y seguimiento

8.- Gastos de Operación

9.- Evaluación

10.- Transparencia

11.- Indicadores

12.- Quejas y denuncias

  1. Glosario de términos

 

Se entenderá en singular o plural por:

 

Acción (es): Unidad de medida, cuantificación de metas programadas, numero de beneficios programados.

 

Acta Entrega Recepción del paquete de materiales: Es el documento que comprueba la entrega del paquete de materiales.

 

Ampliación de vivienda: Consiste en el incremento de la superficie de construcción habitable de una vivienda edificada con anterioridad, a fin de disminuir el hacinamiento en la vivienda.

 

Aportación del beneficiario: Es la contribución que la/el beneficiario (a) otorga para la ejecución de la acción de vivienda, en mano de obra.

 

Apoyo a la vivienda: suministro y entrega de materiales para la ampliación de vivienda en la modalidad de autoconstrucción de un cuarto adicional (adosado) o un cuarto dormitorio (construcción nueva), mismo que dependiendo de las características del predio y su entorno estará o no adosado a una edificación existente, previa validación técnica y que estará sujeto a la normativa del origen del recurso.

 

Autoconstrucción de vivienda: El proceso de construcción o edificación de la vivienda realizada directamente por sus propios usuarios, en forma individual, familiar o colectiva.

 

Anexo: documento y/o modelo que complementa el contenido de las Reglas de Operación, sirve como guía para dar cumplimiento al objetivo del programa.

Anexo I Catálogo Descriptivo.

Anexo II Solicitud.

Anexo III Cédula de información socioeconómica.

Anexo IV Modelo de Acta de Entrega Recepción del Paquete de Materiales.

Anexo V Carta de aceptación de la aportación (mano de obra).

Anexo VI Escrito de protesta de decir verdad que es poseedor del predio

Anexo VII Aviso de privacidad.

Anexo VIII Matriz de Indicadores para Resultados (MIR).

Anexo IX Esquema de Contraloría Social.

Anexo X Flujograma de mecanismo de selección.

 

Beneficiario: Jefe o jefa de familia que recibe el subsidio Estatal.

Cédula de información socioeconómica: Es un instrumento de recolección de información que identifica a los posibles beneficiarios del programa, recaba los datos socioeconómicos de todos los integrantes del hogar y las características de la vivienda.

CEVI: Comisión Estatal de Vivienda.

CONAPO: Consejo Nacional de Población. www.conapo.gob.mx

CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Contraloría Social: Es el mecanismo de los beneficiarios organizados, para que verifiquen la correcta operación del programa para la ampliación de vivienda modalidad autoproducción (paquete de materiales para la construcción de cuarto adicional en terreno del beneficiario).

Contrato Privado de Ejecución: Acuerdo escrito entre la Comisión Estatal de Vivienda y el beneficiario.

Cónyuge: Esposa(o) o pareja del Jefe de familia.

CURP: Cédula de la Clave Única del Registro de Población.

Dependiente económico: Persona que depende económicamente del jefe (a) de familia. (Ejemplo el o la cónyuge, hijos, padres, hermanos, sobrinos, abuelos y nietos).

Documento que acredita la propiedad: Título de Propiedad, Certificado o Título de Derecho Ejidal, Parcelario, Comunal, Agrario o Constancia expedida por cualquier autoridad local, municipal o estatal competente o escritura debidamente inscrita.

Grado de Marginación: Índice que refleja el nivel de carencias y satisfactores que padece la población, a nivel entidad federativa, municipio o localidad. Se pueden consultar en www.conapo.gob.mx.

Hacinamiento: la razón de personas por cuarto es mayor que 4.

Índice de Rezago Social: Indicador de carencias estimado por CONEVAL a Entidad Federativa, municipio o localidad y se podrá consultar en www.coneval.gob.mx.

Jefe de familia: Hombre o mujer, cabeza de familia, con por lo menos un dependiente económico.

Línea de bienestar mínimo: valor de la canasta alimentaria por persona ​al mes y de la canasta no alimentaria por persona al mes, definidos por el CONEVAL, tomando en cuenta los cambios del valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) calculado y publicado por el INEGI, se podrá consultar en www.coneval.gob.mx.

Localidades de Alta marginación: Las clasificadas por CONAPO de acuerdo a su grado de marginación en 2010. Se podrán consultar en www.conapo.gob.mx.

Localidad Indígena: Las que establece la Comisión de Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI). www.cdi.gob.mx.

Localidad Rural: Localidades con población de hasta 2,500 habitantes.

Localidad Urbana: Localidades con población mayor a 2,500 habitantes.

Municipios de alto rezago social: Son aquellos municipios clasificados por el CONEVAL como de alto y muy alto índice de rezago social, de acuerdo a los indicadores de salud, educación, vivienda y activos en el hogar; con sus actualizaciones correspondientes los cuales pueden ser consultados en www.coneval.gob.mx.

Padrón de Beneficiarios: Relación de personas que han recibido un subsidio a través de los programas de la CEVI

Programa: Programa de ampliación de vivienda, modalidad autoconstrucción (entrega de paquete de materiales para la construcción de un cuarto adicional o cuarto dormitorio en terreno del beneficiario) para el ejercicio fiscal 2020.

Proyecto ejecutivo: conjunto de planos validados por la Dirección de Operación y Sustentabilidad de Suelo y Vivienda.

Zonas de Atención Prioritaria (ZAP): Municipios rurales y localidades urbanas que se encuentran dentro de la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2020 con base en los Criterios Generales para la Determinación de las Zonas de Atención Prioritaria 2020, emitidos en julio de 2019 por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, así como en los resultados de los estudios de medición de la pobreza y los indicadores asociados. Se podrá consultar en www.dof.gob.mx.

  1. Generalidades del programa

2.1.- Objetivo general: Contribuir a que los hidalguenses en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar mínimo y con carencia por calidad y espacios de la vivienda (hacinamiento) mejoren su calidad de vida a través de acciones de vivienda.

2.2.- Objetivo específico: Mejorar las condiciones habitacionales de los beneficiarios que se encuentren en localidades rurales y/o urbanas, y con ello abatir el hacinamiento.

2.3.- Requisitos generales y específicos:

  1. a) Población objetivo:

Hogares hidalguenses en localidades rurales con población de hasta 2,500 habitantes y localidades urbanas con población mayor a 2,500 habitantes que estén en situación de pobreza con ingresos por debajo de la línea de bienestar mínimo y con carencia por calidad y espacios de la vivienda, con especial atención a los que se encuentren en zonas de alto riesgo o que alguno de sus integrantes pertenezca a los Grupos Vulnerables (adultos mayores, madres solteras, integrantes menores de 14 años).

  1. b) Criterios de elegibilidad:

Los interesados en recibir los apoyos del programa deberán presentarse en las oficinas de la CEVI para registrar su solicitud (Anexo II). El domicilio de la CEVI es: Blvd. Luis Donaldo Colosio, No. 117 L9’ Primo, Fracción L-6, Col. el Palmar I, Pachuca de Soto, Hgo., C.P. 42088.

 

La documentación que deberán llevar los solicitantes en original para cotejo y copia para su entrega, es la siguiente:

  • Solicitud (Anexo II de las presentes Reglas), debidamente requisitada y firmada. Este documento le será proporcionado por personal de la CEVI.
  • Identificación oficial con fotografía vigente (INE).
  • CURP del solicitante.
  • Escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad por la/el solicitante, en el que manifieste que no ha recibido una acción de vivienda (ampliación) con anterioridad.
  • Foto georreferenciada reciente en donde pretenda realizar la ampliación con el paquete de materiales (cuarto adicional o cuarto dormitorio).
  • Croquis con referencia para la ubicación del predio en donde pretenda realizar la acción de vivienda.
  • Carta firmada por la/el solicitante en donde acepta realizar la aportación definida con base a estas Reglas.
  • Comprobante de domicilio (recibo de agua, luz, predial), o en su caso, constancia original expedida por parte de la autoridad municipal y/o local competente.
  • Copia simple de la documentación que acredite la propiedad expedida por cualquier autoridad local, municipal o estatal competente o escritura debidamente inscrita, donde se pretenda realizar la acción.
  • Escrito de protesta de decir verdad que es poseedor del predio (Anexo VI).
  • Aviso de Privacidad (Anexo VII) de las presentes reglas de operación, debidamente requisitado y firmado, este documento será proporcionado por personal de la CEVI.
  1. c) Derechos de las/los beneficiarios:
  • Recibir un trato digno, respetuoso y equitativo sin discriminación alguna, por el personal que participan en el programa.
  • Acceder a la información necesaria del programa, sus reglas de operación, recursos y cobertura.
  • Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieran realizado.
  • Recibir de la CEVI una respuesta a su solicitud a más tardar en 30 días naturales posteriores a la presentación de su solicitud. En caso de no recibir respuesta dentro del plazo mencionado, se entiende que no fue aceptada.
  • Tener la reserva y privacidad de la información personal, de conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo.
  1. d) Obligaciones de las/los beneficiarios:
  • Proporcionar la información socioeconómica (Anexo III) bajo protesta de decir verdad que les sea requerida por personal de la Comisión Estatal de Vivienda, en los términos que establezca la normatividad correspondiente.
  • Utilizar el paquete de materiales para la acción de vivienda que le fue autorizado, evitando cualquier uso distinto.
  • Permitir la visita a su domicilio con la finalidad de validar la Información proporcionada en la solicitud.
  • Facilitar los trabajos de verificación, en cualquier etapa del proceso de otorgamiento del apoyo estatal, por parte de la CEVI y de las Instancias de Control y Vigilancia.
  • Será responsabilidad del beneficiario realizar la limpieza, deshierbe y preparación de la superficie de desplante, así como la nivelación del terreno para la acción de vivienda. La cual deberá estar alejada de zonas de riesgo tales como laderas, cañadas, ríos, arroyos, canales de riego, fallas geológicas, paso de gaseoductos, torres de electrificación, cables de alta tensión y cualquier otra amenaza que ponga en riesgo la estabilidad de la estructura, así como la seguridad de los ocupantes.
  • Llevar a cabo el proceso de construcción con el paquete de materiales del cual fue beneficiario dentro del término de tiempo que se establece en el Contrato Privado de Ejecución y que será determinada por las características del origen del recurso, la disponibilidad presupuestal y conforme al Proyecto Ejecutivo validado por la CEVI.
  1. e) Causales de baja del Beneficiaria (o):
  • Declarar con falsedad en la solicitud, la cual se tendrá como no presentada, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del programa.
  1. f) Causales de penalizaciones al Beneficiaria (o):
  • No habitar la acción de vivienda en un periodo máximo de 90 días naturales a partir de la fecha de la recepción y firma del acta de entrega recepción del paquete de materiales.
  • No llevar a cabo el proceso de construcción de la acción de vivienda dentro del término que se establece en el Contrato Privado de Ejecución, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del programa.
  • No utilizar el apoyo para los fines que fueron autorizados, no pudiendo volver a ser sujeto de algún apoyo del programa.

Causales de sustitución de la/el Beneficiaria (o):

La sustitución de beneficiarios podrá realizarse por las siguientes causas:

  • Cuando la CEVI acredite mediante una verificación en campo que el terreno propiedad del beneficiario no garantiza los requisitos técnicos indispensables para la construcción de una acción de vivienda.
  • Muerte del beneficiario, en estos casos, se le podrá otorgar el beneficio al cónyuge o concubino(a).
  • Migración del beneficiario.
  • Renuncia del beneficiario.
  • Cuando la CEVI acredite mediante una verificación de campo que no existen condiciones para garantizar la ejecución de las acciones, ya sea por conflictos sociales, condiciones de inseguridad, la orografía, los accesos o el clima de la localidad.

 

  1. Procedimiento de selección:

 

Los solicitantes que cumplan con lo establecido en los criterios de elegibilidad y requisitos podrán ser beneficiarios con el subsidio por parte de la CEVI de acuerdo a los resultados que arroje la evaluación del estudio socioeconómico y en base a la dispersión de las solicitudes ingresadas; conforme a la siguiente escala de prioridad:

 

Prioridad 1) Beneficiarios cuyos ingresos están por debajo de la línea de bienestar mínimo y cuya vivienda cuente con las siguientes carencias:

  • El piso de la vivienda es de tierra.
  • El material del techo de la vivienda es de lámina de cartón o desechos.
  • El material de los muros de la vivienda es de embarro o bajareque; de carrizo, bambú o palma; de lámina de cartón, metálica o asbesto; o material de desecho.
  • Que presenten hacinamiento (la razón de personas por cuarto es mayor que 4).

Prioridad 2) Beneficiarios cuya vivienda se encuentre situada geográficamente en las siguientes zonas:

  • Municipios con muy alto y alto rezago social, definidos por el CONEVAL.

 

Clave Municipio Clave Municipio Clave Municipio
13001 Acatlán 13026 Huazalingo 13046 San Felipe Orizatlán
13002 Acaxochitlán 13027 Huehuetla 13047 Pacula
13004 Agua Blanca de Iturbide 13028 Huejutla de Reyes 13049 Pisaflores
13006 Alfajayucan 13031 Jacala de Ledezma 13053 San Bartolo Tutotepec
13008 Apan 13032 Jaltocán 13057 Singuilucan
13011 Atlapexco 13033 Juárez Hidalgo 13060 Tenango de Doria
13012 Atotonilco el Grande 13034 Lolotla 13062 Tepehuacán de Guerrero
13014 Calnali 13036 San Agustín Metzquititlán 13068 Tianguistengo
13015 Cardonal 13037 Metztitlán 13071 Tlahuiltepa
13017 Chapantongo 13038 Mineral del Chico 13072 Tlanalapa
13018 Chapulhuacán 13040 La Misión 13073 Tlanchinol
13019 Chilcuautla 13042 Molango de Escamilla 13078 Xochiatipan
13020 Eloxochitlán 13043 Nicolás Flores 13079 Xochicoatlán
13024 Huasca de Ocampo 13044 Nopala de Villagrán 13080 Yahualica
13025 Huautla 13045 Omitlán de Juárez    
  • Las siguientes Zonas de Atención Prioritaria establecidas dentro de la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2020.

 

Clave Municipio Clave Municipio Clave Municipio
13003 Actopan 13041 Mixquiahuala de Juárez 13063 Tepeji del Río de Ocampo
13005 Ajacuba 13048 Pachuca de Soto 13065 Tetepango
13007 Almoloya 13051 Mineral de la Reforma 13069 Tizayuca
13016 Cuautepec de Hinojosa 13052 San Agustín Tlaxiaca 13076 Tula de Allende
13019 Chilcuautla 13054 San Salvador 13077 Tulancingo de Bravo
13022 Epazoyucan 13055 Santiago de Anaya 13081 Zacualtipán de Ángeles
13023 Francisco I. Madero 13056 Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero 13083 Zempoala
13030 Ixmiquilpan 13059 Tecozautla 13084 Zimapán
13035 Metepec 13061 Tepeapulco    

Prioridad 3) Beneficiarios con alguna de las siguientes características de vulnerabilidad:

 

  • Que el solicitante o alguno de sus dependientes económicos tenga alguna discapacidad.
  • Habitantes de localidades indígenas.
  • Que la solicitante sea madre soltera.
  • Que el jefe de familia sea adulto mayor, aunque no tenga dependientes económicos.
  • Que alguno de sus integrantes sea menor de 14 años de edad.

 

  1. Características de los apoyos:

4.1.-Tipos de apoyo: Los apoyos del programa estarán condicionados a las aportaciones de los Gobiernos según sea el caso, así como de los/las beneficiarias (os), de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Aportaciones
Zona Modalidad Gobierno Federal Gobierno Estatal Gobierno Municipal Beneficiario
    Máximo Mínimo Máximo Mínimo Máximo Mínimo Máximo Mínimo
Rural Modalidad autoconstrucción (entrega de paquete de materiales para la construcción de un cuarto adicional o cuarto dormitorio en terreno del beneficiario) 100% Mano de obra
Urbana Modalidad autoconstrucción (entrega de paquete de materiales para la construcción de un cuarto adicional o cuarto dormitorio en terreno del beneficiario) 100% Mano de obra

Los apoyos del programa en caso de recibir y ejercer recursos Federales adicionales se ajustan a los lineamientos normativos correspondientes.

 

La aportación obligatoria de la/el beneficiario (a) deberá ser la mano de obra y se establecerá en el Contrato Privado de Ejecución entre la CEVI y el Beneficiario.

 

  1. Direcciones participantes:

5.1.- Dirección General:

  1. Recibir, revisar y aprobar la distribución del otorgamiento de subsidios presentado por la Dirección de Desarrollo Institucional;
  2. Autorizar convocatoria del programa para su difusión; y
  3. Autorizar la impresión de Certificados de Subsidio.

5.2.- Dirección de Desarrollo Institucional:

  1. Elaborar convocatoria del programa;
  2. Recepcionar solicitudes;
  3. Integrar expedientes de beneficiarios;
  4. Visita para corroborar georreferencias, aplicar cedula de información socioeconómica y con apoyo de la Dirección de Operación y Sustentabilidad de Suelo y Vivienda validar información de predio donde se construirá la acción de vivienda;
  5. Seleccionar y elaborar la lista de beneficiarios;
  6. Determinar la distribución del otorgamiento de subsidios;
  7. Solicitar oficios de autorización de recursos; y
  8. Elaborar, imprimir y entregar los Certificados de Subsidio.

5.3.- Dirección de Finanzas y Administración:

  1. Solicitar a la Secretaría de Finanzas Públicas la transferencia de los recursos en base en la modalidad de ejecución; derivado del oficio de autorización se procederá a realizar a través del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la CEVI; el proceso de  licitación para la adquisición de materiales.
  2. Comprobar recursos ante la Secretaría de Finanzas Públicas de Gobierno del Estado o efectuar el registro contable correspondiente dependiendo de la modalidad de ejecución del recurso con base a la documentación previamente validada por la Dirección de Operación y Sustentabilidad de Suelo y Vivienda para la conformación de las estimaciones que se requieran.

 

5.4.- Dirección de Normatividad:

  1. Elabora contratos de colaboración y/o coordinación; así como convenios de operatividad de recursos con dependencias federales y/o estatales, que intervengan, para el óptimo desarrollo del programa;
  2. Elaborar contratos de adquisiciones;
  3. Elaborar, imprimir y entregar los Contratos Privados de Ejecución; y
  4. Realizar las acciones administrativas y/o judiciales que procedan ante el incumplimiento de la normatividad aplicable al programa;

5.5.- Dirección de Operación y Sustentabilidad de Suelo y Vivienda:

  1. Integrar y validar expediente técnico de obra de las acciones a realizar;
  2. Coordinar la calendarización de la entrega en tiempo real de las acciones autorizadas; y
  3. Elaborar Acta Entrega Recepción de la acción y enviar este formato a la Dirección de Finanzas y Administración para incluirla en la documentación que deberá solicitarse al proveedor para su comprobación.

 

5.6.- Órgano Interno de Control: Asegurar que la ejecución de las acciones previstas se realice conforme a las presentes Reglas de Operación.

 

  1. Operación:

 

El proceso de operación se sujetará a lo siguiente:

 

  1. La Dirección General definirá los mecanismos de difusión más adecuados para promover y difundir el programa entre la población objetivo, así mismo deberá instrumentar un programa de promoción y difusión con cobertura para dar a conocer el programa.
  2. El solicitante del subsidio Estatal, podrá registrar una solicitud preliminar en la Dirección de Desarrollo Institucional en las instalaciones de la CEVI.
  3. Al momento de entregar la documentación se le informará si falta algún otro requisito o documento. El solicitante contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para completar la información faltante, en caso de no cumplir en el plazo estipulado se considerará como no recibida la solicitud y deberá reiniciar el trámite.
  4. Posterior a la solicitud, en ausencia o por incapacidad física del solicitante, los trámites siguientes los podrá realizar uno de sus dependientes económicos, presentando original de carta poder simple e identificación oficial del beneficiario y del dependiente económico. No se admitirá que estos trámites se realicen a través de un gestor o representante, u organización o partido político.
  5. La Dirección de Desarrollo Institucional integrará los expedientes de los solicitantes y una vez realizada la selección de los beneficiarios con base en las presentes Reglas de Operación, remitirá una propuesta de distribución de recursos para su análisis a la Dirección General, presentando el Programa de Trabajo.
  6. La Dirección de Operación y Sustentabilidad de Suelo y Vivienda integrará el expediente técnico donde se describan las características físicas de las acciones de vivienda, basado en el Programa de Trabajo.
  7. La Dirección de Desarrollo Institucional, solicitará el oficio de autorización de recursos y lo remitirá a las Direcciones correspondientes.
  8. La Dirección de Finanzas y Administración, solicitará con base al oficio de autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas la radicación de recursos financieros y realizará a través del Comité de Adquisiciones y Arrendamientos y Servicios de la CEVI, los procesos de licitación necesarios para la adquisición de los materiales.
  9. La Dirección de Normatividad, elaborará los contratos de adquisiciones y recabarás las firmas correspondientes.
  10. La Dirección de Normatividad, elaborará los contratos privados de ejecución con los beneficiarios de cada acción de vivienda y recabara las firmas correspondientes.
  11. La Dirección General autorizará a la Dirección de Desarrollo Institucional la impresión de los Certificados de Subsidio y los entregará a cada uno de los beneficiarios.
  12. La Dirección de Finanzas y Administración realizará el seguimiento de la aplicación de los recursos.
  13. La CEVI deberá cumplir con oportunidad y eficiencia las metas y objetivos previstos en sus respectivos programas; de lo contrario la CEVI podrá suscribir con la Secretaría de Finanzas Públicas y de la Contraloría un convenio cuya vigencia podrá exceder el ejercicio fiscal correspondiente, a fin de establecer compromisos de resultados.
  14. Una vez que el beneficiario reciba la acción de vivienda a su entera satisfacción, firmarán de manera conjunta con la Directora General y el representante legal del proveedor de materiales ganador de la licitación, el Acta Entrega-Recepción. La obligatoriedad de este acto permitirá disponer de una de las evidencias más importantes de las acciones de vivienda.

 

  1. Control y seguimiento: Con el propósito de mejorar la operación del programa, la CEVI llevará a cabo el seguimiento al ejercicio de recursos fiscales, a las acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas, de manera coordinada y responsable con las Direcciones participantes.
  2. Gastos de Operación: Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, verificación, seguimiento, supervisión, contraloría social y evaluación externa del programa, la CEVI podrá destinar recursos de hasta el 3% del presupuesto total del programa; de estos Gastos de Operación, la CEVI, destinará recursos para la adquisición de equipo, viáticos y combustible, necesarios para la correcta ejecución del programa.

 

  1. Evaluación: Conforme a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las dependencias o entidades a través de su respectiva dependencia coordinadora de sector deberán realizar una evaluación de resultados, de carácter externo, de los programas sujetos a Reglas de Operación. Las evaluaciones externas que se realicen al programa serán coordinadas por el área competente de la CEVI. Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el Programa Anual de Evaluación, se podrán llevar a cabo las evaluaciones que se consideren apropiadas conforme a las necesidades del programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por el área competente de la CEVI. El área competente de la CEVI presentará los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente aplicable.

 

  1. Transparencia: Conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, los padrones de beneficiarios deberán de mantenerse actualizados para evitar la duplicidad de los apoyos.

 

  1. Contraloría Social: La Comisión Estatal de Vivienda deberá sujetarse a los “Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los Programas de Desarrollo Social”.

 

  1. Indicadores: Los indicadores de este programa están contenidos en la Matriz de Indicadores para resultados de las presentes Reglas. La Dirección de Desarrollo Institucional de la CEVI, realizará acciones de seguimiento al desempeño del programa, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico.

 

  1. Quejas y denuncias: Los beneficiarios pueden presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes Reglas o contravengan sus disposiciones y de la demás normatividad aplicable. Las quejas y denuncias de la ciudadanía derivadas de alguna irregularidad en la operación del programa, podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, las cuales se captarán a través de:

 

  • A través del buzón colocado para tal efecto en la CEVI.
  • También, se pone a disposición de la ciudadanía la posibilidad de la presentación de denuncias para reportar hechos, conductas, situaciones o comportamientos que se contrapongan a lo establecido en las presentes Reglas, y que se puede consultar en la página hidalgo.gob.mx.

 

TRANSITORIOS

 

ÚNICO. – El presente acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.

 

Dado en la residencia de la Junta de Gobierno de la Comisión Estatal de Vivienda, en la Ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo a los 28 días del mes febrero del año dos mil veinte.

 

 

JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE VIVIENDA

 

 

 

C.P. Amalio Gómez Navarro

Presidente Suplente de la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial.

Rúbrica

 

 

 

L.C.P. y A.P. Daniel Damián Alvarado

Vocal Suplente de la Secretaría Ejecutiva de la Política Pública Estatal.

Rúbrica

 

 

 

Lic. Jesús Ariel Gutiérrez Santander

Vocal Suplente de la Secretaría de Finanzas Públicas.

Rúbrica

 

 

 

L.A.P. José Jesús Sánchez Rosas

Vocal Suplente de la Unidad de Planeación y Prospectiva.

Rúbrica

 

 

 

Lic. Juan Gabino Jiménez Guerrero

Vocal Suplente de la Secretaría de Desarrollo Social.

Rúbrica

 

 

 

Arq. Guadalupe Yazmín Vega Arias

Vocal Suplente de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Rúbrica

 

 

 

L.C. Graciela Arriaga Sánchez

Comisario Público Propietario.

Rúbrica

 

 

 

Anexo I. Catálogo Descriptivo

 

Anexo I  Catálogo Descriptivo
Modalidad Tipo de Acción Zona Descripción Lista de Materiales para Cuarto Adicional de 16.67 M2 (4.75X3.51 M)
Autoconstrucción

 

 

 

 

Paquete de materiales para la autoconstrucción de cuarto adicional o cuarto dormitorio en terreno del beneficiario

 

Rural/Urbana

 

La acción de Paquete de materiales para la autoconstrucción de cuarto adicional o cuarto dormitorio en terreno del beneficiario en zona urbana y rural contemplará como mínimo un área de 16.67 m2 de construcción y una altura de 2.40 m del nivel de piso terminado al lecho bajo de losa, deberá estar diseñada para alojar 2 camas matrimoniales con ropero o cómoda.

 

Debe contener: cadena de desplante resistencia de concreto f’c=200 kg/cm2 con armex de refuerzo, losa de cimentación de 10 c m de espesor resistencia de concreto f’c=200 kg/cm2, con acero de refuerzo con malla electrosoldada, muros de block, castillos con resistencia f’c=150 kg/cm2, con armex de refuerzo, cadena de cerramiento con resistencia de concreto f’c=200 kg/cm2 con armex de refuerzo, losa de concreto armado de 10 c m de espesor, resistencia de concreto f’c=200 kg/cm2 con acero de refuerzo con varilla del #3 @20 c m en ambos sentidos, pendiente de 3% y una marquesina de 10 cm con gotero.

 

Paquete de instalación eléctrica con salida para luminaria, salida de contacto y apagador (poliducto, cable, soquet, tapa galvanizada, chalupa galvanizada), suministro de puerta con chapa y llave, ventana con jaladera y vidrio, aplanado y pintura en muros interiores, exteriores y plafón, impermeabilización en azotea

 

1 ALAMBRE RECOCIDO CAL.18 KG 15

2 VARILLA FY=4200 KG/CM2 No3 (3/8″) PZA 24

3 MALLA ELECTROSOLDADA 6X6-10/10 M2 18

4 ARMADURA SOLDADA ARMEX 10X25-4 PZA 5

5 ARMADURA SOLDADA ARMEX 10X10-4 PZA 3

6 BLOCK DE CONCRETO PESADO DE 12X20X40 CM PUESTO EN OBRA PZA 430

7 POLIDUCTO REFORZADO DE 1/2″ M 11

8 CAJA GALVANIZADA TIPO CHALUPA PZA 3

9 CABLE TIPO THW CAL.12 M 40

10 CONTACTO DUPLEX POLARIZADO PZA 2

11 CAJA CUADRADA GALVANIZADA DE 1/2″ CON TAPA PZA 2

12 APAGADOR SENCILLO PZA 2

13 SOQUET DE PORCELANA PZA 2

14 PLACA PARA CONTACTO DUPLEX POLARIZADO PZA 2

15 PLACA DE 2 MÓDULOS PZA 1

16 CINTA DE AISLAR PZA 1

17 FOCO AHORRADOR ESPIRAL 23W PZA 2

18 PINTURA VINILICA COLOR BLANCO CUBETA 1

19 SELLADOR REFORZADO GAL 1

20 IMPERMEABILIZANTE TOP HUMEDAD EXTREMA GARANTIA DE 15 AÑOS MARCA COMEX O SIMILAR CUBETA 2

21 ARENA DE MINA M3 6

22 GRAVA DE MINA T.M.A. 19 MM Ø (3/4), M3 M3 3

23 CEMENTO (GRIS) PORTLAND TIPO I BULTO 58

24 POLIETILENO M2 26

25 VENTANA COMERCIAL DE ALUMINIO NATURAL 1 1/2″ DOS CLAROS TIPO CORREDIZA MEDIDAS 1.20 X1.20 M VIDRIO CLARO DE 3 MM. CON SELLADOR ACRILASTIC POR AMBOS LADOS. PZA 1

26 PUERTA MULTIPANEL Y MARCO DE ALUMINIO DE 2″ EN MEDIDAS 90 CM X 213 CM INCLUYE CHAPA MARCA PHILLIPS O SIMILAR MODELO GAMMA TUBULAR CON PERILLAS DE LATON, 3 BISAGRAS DE 3.5 X 3.5 ” DE 3

 

Nota: La lista de materiales será definida por la CEVI.

 

 

ANEXO II. Solicitud

 

______________________________________

LUGAR Y FECHA

 

 

 

 

M.M.T. CITLALI JARAMILLO RAMÍREZ

DIRECTORA GENERAL DE LA

COMISIÓN ESTATAL DE VIVIENDA

P R E S E N T E.

 

La/el que suscribe ____________________________________________________con domicilio en __________________________________, localidad de ______________________, municipio de___________________________________, Hgo., me dirijo a Usted de la manera más atenta para solicitarle su autorización a efecto de que me sea proporcionado un paquete de materiales para la autoconstrucción de un ___________________________________ en terreno del beneficiario, en virtud que actualmente el espacio en que habitamos es insuficiente para nuestras necesidades.

Por la atención prestada a la presente y esperando una respuesta favorable, quedo de Usted.

 

A t e n t a m e n t e.

 

 

 

  1. ____________________________

 

 

c.c.p.- Interesado

 

 

 

 

 

 

ANEXO III. Cédula de Información Socioeconómica

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo IV Modelo de Acta de Entrega Recepción del Paquete de Materiales

 

 

1.- Dependencia responsable: Comisión Estatal de Vivienda.

 

Siendo las __________ horas. del día _______ del mes de ____________________ de 2020, en la localidad de _____________________________, del Municipio de _________________________ del Estado de Hidalgo, se reunieron personal de la Comisión Estatal de Vivienda, personal de (proveedor) y el (la) C. _________________________________________________, beneficiario del Programa denominado Programa de ampliación de vivienda, modalidad autoconstrucción (entrega de paquete de materiales para la construcción de cuarto adicional o cuarto dormitorio en terreno del beneficiario) para el ejercicio fiscal 2020, con la finalidad de llevar a cabo la entrega-recepción  del Paquete de materiales y con ello cumplir con el programa.

Cuarto adicional (  )                      Cuarto dormitorio (  )

 

2.- Autorización de recursos:

 

Oficio de autorización:

Clave de obra:

Costo de la acción:

Procedencia de los recursos:

Contrato Número:

 

3.- Paquete que consta de los siguientes materiales:

 

Descripción U Cant. Marca
Alambre recocido cal. 18 Kg 14.50 Grupo acerero
Varilla No. 3 (3/8”) Pza 25 Grupo acerero
Malla electrosoldada 6×6-10/10 M2 21 Grupo acerero
Armadura soldada armex 10×15-4 Pza 6 Grupo acerero
Armadura soldada armex 10×10-4 Pza 3 Grupo acerero
Clavo 2 ½” Kg 4 De acero
Block de concreto pesado de 12x19x39 cm Pza 435 Perote, ver.
Poliducto reforzado de ½” M 9 Nacional
Caja galvanizada tipo chalupa Pza 2 Nacional
Caja cuadrada galvanizada de ½” Pza 1 Nacional
Arena de mina M3 4 De la región
Grava de mina t.m.a. 19 mm o (3/4”) M3 4 De la región
Cemento (gris) portland tipo I Bulto 28 Cruz Azul
Mortero de 50 Kg Bulto 17 Cruz Azul
Tinaco 750 lts color arena Pza 1 Rotoleons
Ventana de 1.20×0.80 m dos claros abatible, a base de tubular zintro C-20, sin vidrio Pza 1 Nacional
Puerta a base de perfil tubular zintro C-18 y tablero C-10, sin vidrio medidas 90×210 cm., incluye chapa marca Phillips o similar modelo 715. Pza 1 Nacional

4.- Acto de entrega recepción:

 

Una vez verificado por las partes que intervienen en la presente, que la entrega de un paquete de materiales para la autoconstrucción de un ______________________________ en terreno del beneficiario, especificado en el punto no. 3, se encuentra completo, el (la) C. ______________________________________________________________________________, beneficiario del programa está de acuerdo en recibirlo en su totalidad.

 

No habiendo otro asunto que tratar, se cierra la presente siendo las ______________ hrs., del mismo día de su inicio firmando al calce los que en ella intervienen.

 

Por la Comisión Estatal de Vivienda

 

______________________________________________

M.M.T. Citlali Jaramillo Ramírez

Directora General

 

 

Recibe:

 

_______________________________

 

Entrega:

 

_______________________________

 

Beneficiario del programa Proveedor

 

 

Fotografía:

 

 

 

Anexo V. Carta de Aceptación de la Aportación.

 

 

___________________________________

LUGAR Y FECHA

 

 

M.M.T. CITLALI JARAMILLO RAMIREZ

DIRECTORA GENERAL DELA

COMISION ESTATAL DE VIVIENDA

P R E S E N T E.

 

 

El (a) suscrito (a)  __________________________________________________con domicilio en _____________________ localidad de ____________________ municipio de ____________________Hgo., acepto los términos de las Reglas de Operación del Programa de ampliación de vivienda, modalidad autoconstrucción (entrega de paquete de materiales para la construcción de cuarto adicional o cuarto dormitorio en terreno del beneficiario)  para el ejercicio fiscal 2020, así como las causales de baja y sustitución del programa, de igual forma me comprometo a dar la aportación como beneficiario de nano de obra, respecto de la acción de vivienda en el lote ubicado en ________________________________________de la localidad _______________________Hgo.

 

Po la atención prestada quedo de usted.

 

 

 

Atentamente

 

__________________________

C.

 

 

 

c.c.p.- Interesado

 

 

ANEXO VI Escrito de protesta de decir verdad que es poseedor del predio

 

 

________________________________

(Lugar y fecha)

 

 

 

 

El que suscribe C. ______________________________________ manifiesta bajo protesta de decir verdad y enterado de las penas en que incurren quienes declaran con falsedad ante autoridad, mismas  que prevé el artículo 313 de Código Penal Vigente en el Estado de Hidalgo, se establece lo siguiente:

 

Que la documentación que presento ante la Comisión Estatal de Vivienda del Estado de Hidalgo, relativa al inmueble ubicado en ____________________ municipio de __________________, Hidalgo, misma que contiene datos reales y fidedignos y que no conozco de la existencia de persona con igual o mejor derecho sobre dicho inmueble del cual tengo la posesión material del bien en comento desde el año ________, manifestado desde este momento que deslindo de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, administrativo y de cualquier otra índole al mencionado Organismo, por el perjuicio que pudiese causar a un tercero derivado de la falta de validez de dicha documentación y/o de tener la posesión y que en el futuro se pudiera declarar, lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.

 

 

 

 

 

__________________________________

Firma

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo VII.  Aviso de privacidad.

______________________________________

(Lugar y fecha)

Datos generales

 

Nombre:    
CURP:    
Lugar de nacimiento:    
Lugar de residencia:    
Edad:    
Fecha de nacimiento:    
Estado civil:    
Clave de credencial de elector:    
Ocupación:    
Lugar donde se aplicará el Programa:    
Teléfono (s):    
Sabe leer:    
Sabe escribir:    

 

Bajo protesta de decir verdad y conociendo las penas en que incurren las personas que declaran con falsedad, declaro que todos los datos asentados son ciertos para los efectos del contrato privado de ejecución.

Para dar cumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, de fecha 24 de julio del 2017, última reforma 20 de noviembre del 2017.

 

Aviso de Privacidad

 

Por medio del este aviso se manifiesta que la CEVI, y su personal se hacen responsable de recabar sus datos personales, el uso y la protección que de los mismos.

 

Su información personal, así como los cambios en la misma se utilizaron para proveer los servicios que ha solicitado. Para las finalidades mencionadas, requerimos obtener los siguientes datos personales. Considerando como dato sensible por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo; nombre, fecha de nacimiento, edad estado civil población donde nació, población donde vive, domicilio actual, CURP, clave de elector, ocupación, lugar donde se ara aplicado el programa, si sabe leer y escribir y teléfono.

 

Usted tiene los derechos de acceder, rectificar y cancelar sus datos personales, así como de oponerse al tratamiento de los mismos o revocar el conocimiento que para tal fin nos haya otorgado a través de los procedimientos que hemos implementado. Para conocer dichos procedimientos, los requisitos y plazos, se puede poner en contacto con nuestras oficinas cuya dirección se señala previamente en este aviso o por vía telefónica a los teléfonos (771) 7176000 ext. 3436.

 

También le informamos que sus datos personales pueden ser transferidos y tratados por el personal de este organismo. En ese sentido, su información puede ser compartida con las autoridades fiscales, administrativas y judiciales cuando proceda y previo mandato, el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, cualquier autoridad que lo requiera para sus efectos probatorios, de validez, publicidad y certeza jurídica, si usted no manifiesta oposición para que sus datos sean transferidos se entenderá que ha otorgado su consentimiento para ello.

 

Cualquier modificación a este Aviso de Privacidad podrá consultarlo en los datos ya mencionados.

 

Firma de consentimiento: __________________________________________________________

 

 

Anexo VIII Matriz de Indicadores para Resultados (MIR)

 

 

NIVEL RESUMEN NARRATIVO INDICADOR MÉTODO DE CALCULO MEDIOS DE VERIFICACIÓN SUPUESTOS
FIN Contribuir a mejor de la calidad de vida de los hidalguenses mediante la generación de espacios de vivienda de calidad. Porcentaje de contribución de acciones de vivienda realizadas por facultad de CEVI. Número de subsidios otorgados en el ejercicio fiscal /Número de solicitudes recibidas en el ejercicio fiscal*100. Certificados de subsidio y solicitudes de subsidio El presupuesto es asignado y liberado en tiempo para su ejercicio.
PROPÓSITO Atender a la población que tiene ingresos por debajo de la línea mínima de bienestar y que habita en las zonas de atención prioritaria definidos por el CONEVAL y que cuentan con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Programa. Porcentaje de personas objetivo de atención beneficiadas con acciones de vivienda. Número de personas beneficiadas con subsidio/Número de subsidios programados*100. Padrón de beneficiarios La población cuenta con los criterios de elegibilidad para recibir el apoyo de vivienda.
COMPONENTE Paquete de materiales entregado. Porcentaje de entrega de paquetes de materiales. Número de paquetes de materiales otorgados/Número de paquetes de materiales disponibles*100. Acta entrega recepción El proveedor cumple en tiempo y forma con la entrega de los paquetes de materiales.
ACTIVIDAD Integración de expediente del beneficiario. Porcentaje de expedientes integrados. Número de expedientes integrados y verificados/número de expedientes recibidos*100. Expedientes Se realiza la revisión de los expedientes de los beneficiarios y todos cumplen con los requisitos para su integración y validación.

 

 

 

Anexo IX.- Esquema de Contraloría Social

 

El Esquema presenta la información relacionada con las actividades de promoción que realizará la CEVI y los beneficiarios, conforme a los siguientes temas y alcances:

 

  1. Derechos del beneficiario:

Constituir un comité de contraloría social en su localidad, integrado por beneficiarios titulares del programa, en forma honorífica y sin retribución alguna.

  1. Difusión
  2. La CEVI cuenta con un Plan de Difusión para dar a conocer la información sobre los programas y las acciones que se desarrollan por parte de la CEVI en los, municipios y localidades del Estado, para mantener informada, activa y responsable a la población beneficiaria del programa, con la finalidad de contribuir a transparentar la información y manejo de los recursos públicos; a prevenir actos de corrupción y al cumplimiento de los programas en términos de legalidad, calidad y eficiencia, eficacia y honradez.
  3. La CEVI instrumentará un Plan de Difusión con cobertura Estatal del programa, que atienda el compromiso institucional de rendición de cuentas, difusión de logros y fortalecimiento de la imagen institucional, mediante los siguientes medios informativos:
  • Volante, distribuido entre los beneficiarios de los programas de vivienda, informa los objetivos y características más relevantes en materia de Contraloría Social.
  • Portal de Internet del Gobierno del Estado www.hidalgo.gob.mx, en el sub apartado denominado Contraloría Social se encuentra toda la información y materiales para promover, instrumentar y dar seguimiento al programa de Contraloría Social. Asimismo, está a disposición del público en general toda la información prevista por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
  1. La CEVI dará a conocer a los beneficiarios y a la Contraloría Social su plan de difusión y promoverán su participación en las actividades inherentes a ésta través de acciones de capacitación.

III. Capacitación y asesoría en Contraloría Social

  1. Corresponde Dirección General de Contraloría Social a través de la CEVI, capacitar y asesorar en materia de Contraloría Social relacionada con el programa, así como proporcionar la Guía Operativa y los volantes para difundir y promover.
  2. La Dirección General de Contraloría Social y la CEVI capacitarán y asesorarán en materia de Contraloría Social a los ejecutores municipales y proporcionará el material para de capacitación y difusión para que se realicen las acciones de promoción establecidas en la Guía Operativa.
  3. El Titular de la CEVI será el responsable de la promoción de la Contraloría Social y designará al personal necesario para dar seguimiento a ésta en lo que se refiere a la promoción, capacitación, constitución y funcionamiento de los Comités de Contraloría Social; así como en la recopilación y captura en el Sistema Informático de Contraloría Social (SICS) de las Cédulas de Vigilancia e Informes de Conclusión de Obra elaboradas por dichos Comités y de la información generada por la propia Delegación en materia de Contraloría Social.
  4. Los beneficiarios tendrán derecho a participar en las actividades de Contraloría Social a través de los Comités que se constituyan, y así podrán verificar la adecuada ejecución y correcta aplicación de los recursos públicos que les han sido asignados a través del programa, y supervisar y vigilar el cumplimiento de las metas establecidas.
  5. El procedimiento y requisitos para el registro y funcionamiento de la Contraloría Social, se realizará con base en la normatividad vigente, para asegurar que los beneficiarios hagan uso de esta práctica de transparencia y rendición de cuentas.
  6. Seguimiento y evaluación
  7. Mediante tareas de monitoreo aleatorio, la CEVI dará seguimiento a las acciones de Contraloría Social, para verificar el cumplimiento de las acciones y resultados de los Comités de Contraloría Social, también analizará los reportes y resultados que se generen para su evaluación, identificando el cumplimiento de los objetivos, metas y funcionamiento del programa, para detectar problemas en la operación y adoptar medidas correctivas que reorienten las acciones.
  8. La CEVI dará seguimiento para que los Comités de Contraloría Social, a través de la Cédula de Vigilancia y del Informe de Conclusión de Obra.

 

 

  1. Actividades de Coordinación
  2. La CEVI conforme a sus necesidades, podrán apoyarse en los diversos órdenes de gobierno encargados de la ejecución del programa o bien, en los Órganos Estatales de Control, conforme a los Acuerdos de Coordinación que en materia de control y evaluación existan en este ámbito, para aplicar las acciones de Contraloría Social en cada localidad en la que se desarrollen acciones de vivienda. Dichos órganos pueden participar ayudando con la difusión, capacitación, recolección de formatos, así como en la recepción y atención de quejas y denuncias.
  3. Transparencia
  4. Con la finalidad de dar transparencia al ejercicio de los recursos estatales y para efectos de promoción de la Contraloría Social, se pondrá a disposición de los interesados en la página web institucional http://www.hidalgo.gob.mx, la siguiente información del programa.
  • Reglas de operación
  • Esquema de Contraloría Social
  • Guía Operativa de Contraloría Social
  • Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social
  • Plan de Difusión de Contraloría Social
  • Actividades de los Beneficiarios, de las Instancias Ejecutoras y de la CEVI en materia de Contraloría Social.

VII. Quejas y denuncias

  1. Los beneficiarios del programa, tendrán el derecho de presentar quejas y denuncias, que podrán dar lugar a que se finquen responsabilidades administrativas, civiles o penales, ante las instancias correspondientes.
  2. Los beneficiarios del programa pueden presentar quejas y denuncias ante los Comités de Contraloría Social constituidos en cada una de las localidades donde se desarrollan las acciones de vivienda y también con el Órgano Interno de Control en la Comisión Estatal de Vivienda, o personalmente, por correo, o vía electrónica a través de los sitios de Internet.

 

 

 

ANEXO X.- Flujograma de mecanismo de selección

 

30  días naturales
30  días naturales
30 días hábiles
5  días hábiles
10  días hábiles
90 días naturales
15 días hábiles
30 días  naturales

 

Derechos Enterados.25-02-2020

 

 

 

 


Periódico Oficial Alcance 11 del 28 de febrero de 2020

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